viernes, 14 de septiembre de 2012

El IES Doctor Marañón de Alcalá contra la contratación ilegal y a dedo de "nativos"

A continuación se reproduce el texto leído en el día de hoy por el claustro del IES Doctor Marañón, votado y aprobado por unanimidad:
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Los profesores del Claustro del IES Dr. Marañón manifestamos por la presente nuestra oposición y rechazo a la incorporación de dos nativos angloparlantes como profesores de secundaria en este instituto.

- Nos oponemos a la incorporación, ni siquiera provisional, como personal docente de personas de las que no consta ninguna acreditación o justificación que las cualifique adecuadamente como profesores de Secundaria en las especialidades de Dibujo y Educación Física.

- Nos oponemos a la incorporación, ni siquiera provisional, como personal docente de personas que no tienen dominio elemental de la lengua española, ni disponen de un certificado normalizado que así lo documente.

- Nos oponemos a la incorporación, ni siquiera provisional, como personal docente de personas que no han justificado sus méritos en un concurso oposición, ni han pertenecido a una bolsa de trabajo ni a una lista de interinos.

- Nos oponemos, en definitiva, a esta incorporación por lo que conlleva de vulneración de los principios de mérito y capacidad para el acceso de la función pública según se establece en el artículo 103.3 de la Constitución Española;

- de vulneración del principio de igualdad establecido en el artículo 23.2 de la Constitución;

- de vulneración de los artículos 19.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, y 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, que establecen que la selección de todo el personal ya sea funcionario, ya laboral, debe realizarse de acuerdo con la correspondiente oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre, en los que se garanticen, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

- de vulneración del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local.

- de vulneración de la Ley 7/2007 del Estatuto básico del empleado público, y en particular de sus artículos 55, 56 y 57 que regulan el acceso al empleo público.

Nosotros, desde nuestra condición de profesores comprometidos con la calidad de la educación pública, nos oponemos a esta incorporación porque estamos convencidos de que la incorporación como profesores de nativos que no reúnen la cualificación y requisitos necesarios solo puede derivar en un deterioro de la calidad de la enseñanza pública.

Y al mismo tiempo, desde nuestra condición de funcionarios al servicio de la Administración Pública, estamos obligados y es nuestro deber denunciar las irregularidades de que tuviéremos conocimiento en razón de nuestro cargo.

Por todo lo anterior, apoyamos al equipo directivo del IES Marañón en sus escritos de disconformidad y rechazo a dichas incorporaciones.

- Solicitamos al servicio de inspección que investigue y tome las medidas oportunas para verificar que se cumplan escrupulosamente los requisitos establecidos en la normativa legal arriba citada.

- Solicitamos a la Directora de la DAT-Este que se nos faciliten copias de los nombramientos escritos de los dos nativos mencionados, para que puedan ser estudiados por nuestros abogados.

- Igualmente, solicitamos de la Directora de la DAT-Este que confirme por escrito la orden de aceptar a dichos nativos como profesores, para las responsabilidades legales y administrativas que se puedan derivar de dicha orden.

La vulneración de la legislación vigente en este caso no es un asunto baladí. Las leyes están para ser cumplidas y en un estado de derecho no hay atajos ni insumisiones que valgan. Las leyes nos obligan y protegen a todos, siempre, y no es admisible que en un estado de derecho los gobernantes y los garantes de la legalidad se las salten y las conculquen, ni siquiera en los detalles. Hacerlo a sabiendas está claramente codificado y legislado en nuestro estado de derecho y a ello y a sus consecuencias deben atenerse todos.

Por todo lo expuesto, llamamos a la razón y al cumplimiento de las leyes a todos los implicados para que se dé marcha atrás en esta medida. La incorporación indiscriminada de personal docente angloparlante nativo no es un mal menor que alivia la falta de docentes habilitados en inglés, sino un mal mucho mayor que un pequeño retraso en la implementación completa del programa bilingüe. Un mal mayor que, de aceptarlo, no sólo resulta un peligroso precedente, sino que vulnera y transgrede la naturaleza misma del acceso a la función docente en la Escuela Pública.

En Alcalá de Henares, a 14 de septiembre de 2012.

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